ORDEN DE 15/07 DE LA CONSELLERÍA DE SANIDAD QUE MODIFICA LA DEL 25/06 Y EL PROTOCOLO AUTONÓMICO DE OCIO NOCTURNO

  • 19 de xullo de 2021

ORDEN DE 15/07 DE LA CONSELLERÍA DE SANIDAD QUE MODIFICA LA DEL 25/06 Y EL PROTOCOLO AUTONÓMICO DE OCIO NOCTURNO

A través de esta orden se modifican las recomendaciones sobre permanencia de grupos de personas en espacios públicos o privados y se imponen (en este caso con carácter obligatorio) la reducción de la ocupación máxima en el exterior de los establecimientos de hostelería así como unos requisitos de acceso a los locales de ocio nocturno, que detallamos a continuación:

LA ORDEN DE LA CONSELLERÍA DE SANIDAD DE 15/07/2021 (DOGA 135 BIS DE 16/07/2021) MODIFICA:

A) LA ORDEN DE 25/06/21 por la que se establecen medidas de prevención específicas como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada de la COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Galicia

B) Y la Orden de 1 de julio de 2021 por la que se aprueba EL PROTOCOLO PARA LA REACTIVACIÓN DEL OCIO NOCTURNO

EFICACIA DE ESTA MODIFICACIÓN

La eficacia de esta orden comenzará a las 00.00 horas del día 17 de julio de 2021 y se extenderá durante el período en que se mantenga la eficacia de la Orden de 25 de junio de 2021, sin perjuicio del seguimiento y de la evaluación continua a que está sometida con el fin de garantizar su adecuación a la evolución de la situación epidemiológica y sanitaria.

LINEAS GENERALES DE ESTA MODIFICACIÓN

Mediante la presente orden se modifican las recomendaciones relativas a la permanencia de grupos de personas en espacios públicos o privados fijando en diez el número máximo recomendado de personas que pueden reunirse en espacios abiertos; se mantiene, sin embargo, el número máximo de personas recomendado para las reuniones en espacios cerrados, que ya estaba fijado en seis. Esta modificación exige, por motivos de coherencia, adaptar las recomendaciones relativas a grupos de personas contenidas en la regulación de determinadas actividades de la Orden de 25 de junio.

Con el mismo objetivo se impone, si bien en este caso con carácter obligatorio, la reducción de la ocupación máxima por mesas o agrupación de mesas en el exterior de los establecimientos de hostelería, restauración y ocio nocturno, que pasa de quince a diez personas.

Se modifica el protocolo de ocio nocturno aprobado por Orden de 15 de julio de 2021:

  1. para adaptar el protocolo a las nuevas normas sobre ocupación máxima de personas por mesas y agrupación de mesas antes indicada y, por otra parte,
  2. Los requisitos de acceso establecidos  los ayuntamientos de restricción media se amplían a los de restricción media-baja. Recordad que en el anexo de la Orden se clasifican los concellos según el nivel de restricción. Por lo tanto ahora tanto en los concellos de restricción media como restricción media-baja para acceder es preciso acreditar cualquiera de las siguientes circunstancias:

              a) haber pasado la COVID-19

              b) haber recibido la pauta completa de vacunación o

c) disponer de una prueba diagnóstica de infección activa negativa.

Os adjuntamos el texto de esta modificación

Equipo legal de DAG.